Introducción

Si tenés empleados en Argentina, junio 2026 te cambia la forma de liquidar. El Gobierno reglamentó artículos clave de la ley de modernización laboral con cuatro decretos (406 a 409/2026) y sumó un nuevo modelo de recibo de sueldo y el Fondo de Asistencia Laboral. No es cosmético: impacta en convenios, sindicatos, plataformas y en cómo mostrás los costos.

Qué se reglamentó y cuándo

  • Decretos 406, 407, 408 y 409/2026, publicados en Boletín Oficial, firmados por Milei, Adorni, Sturzenegger y Caputo.
  • Alcance: Ley de Contrato de Trabajo, Ley de Convenciones Colectivas, Ley de Asociaciones Sindicales, plataformas digitales y empresas de servicios eventuales.
  • Vigencia FAL: postergada al 1 de noviembre de 2026.

En criollo: ya tenés que adaptar procesos, aunque el FAL recién se activa en noviembre.

Nuevo recibo de sueldo: ahora en 4 secciones y con «costo total»

El formato incorpora un apartado específico para reflejar el costo laboral total que afronta el empleador: aportes sindicales, seguridad social, obra social, PAMI, ART, cámaras empresarias y otros conceptos.

El esquema se organiza en cuatro secciones diferenciadas:

  1. Datos del trabajador y del empleador
  2. Contribuciones y conceptos abonados por la empresa
  3. Detalle de remuneración bruta y deducciones
  4. Salario neto percibido

Qué implica para vos en Chubut:

  • Vas a tener que exponer números que antes quedaban «detrás de escena». Ideal para transparentar con tu equipo, pero también te deja más expuesto a reclamos si hay errores.
  • Revisá tu sistema de liquidación (Tango, Calipso, Bejerman, etc.). Muchos todavía no tienen el layout actualizado.

Fondo de Asistencia Laboral (FAL): el «colchón» optativo para indemnizaciones

  • Creado por la ley y reglamentado por Decreto 408/2026.
  • Funciona con fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros supervisados por CNV, con cuentas individuales por empleador.
  • Los aportes se canalizan vía ARCA y hay portabilidad entre vehículos autorizados.
  • No reemplaza el régimen indemnizatorio vigente. El cálculo sigue siendo responsabilidad del empleador.
  • Hay reducción de contribuciones patronales equivalente al aporte al FAL.

¿Conviene? Para empresas con alta rotación estacional (petróleo, pesca, turismo en la costa), puede servir para suavizar picos de egresos. Para pymes estables, evaluá costo de oportunidad vs. tener liquidez propia.

Convenios colectivos y sindicatos: más control, menos «letra chica»

  • Si tu convenio no tiene fecha de vencimiento, la autoridad puede tomar como referencia el 31 de diciembre de 2026 para renegociar.
  • Aportes y contribuciones de convenios deben computarse de forma global, sin fragmentar para esquivar topes. Los que excedan, deberán readecuarse.
  • Sindicatos: se cruza afiliación con SIPA para verificar representatividad, y el crédito horario sindical requiere aviso previo de 48 horas y compatibilidad con la continuidad operativa.

Esto pega directo en Comodoro, donde conviven UOCRA, petroleros, comercio y sanidad. Revisá cláusulas de aportes solidarios y adicionales por actividad.

Qué hacer esta semana: checklist express para empleadores

  1. Auditoría de recibos: ¿tu sistema ya emite las 4 secciones y el costo total? Pedí el demo al proveedor.
  2. Mapeo de convenios: identificá vencimientos tácitos y aportes que puedan superar topes.
  3. Política de crédito horario: armá formulario interno con aviso 48 h y registro.
  4. Simulación FAL: pedí a tu contador una proyección de aporte vs. ahorro de contribuciones.
  5. Capacitación a RRHH: una hora para explicar el nuevo recibo evita 10 reclamos después.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que cambiar ya el recibo?
Sí. La reglamentación ya está vigente para el modelo de recibo. El FAL es lo único diferido a noviembre.

¿El FAL me exime de pagar indemnizaciones?
No. Es un mecanismo de fondeo. La obligación y el cálculo siguen siendo tuyos.

¿Qué pasa si mi convenio no dice cuándo vence?
La autoridad laboral puede iniciar renegociación tomando como referencia el 31/12/2026.

¿Las plataformas de reparto tienen reglas nuevas?
Sí, se designó a la Secretaría de Transporte como autoridad de aplicación específica, manteniendo Trabajo para convenios del sector.

¿Hay beneficios si regularizo personal?
Ese es otro capítulo (PER, Decreto 409/2026) con condonaciones de hasta 90%. Lo vemos en el próximo post.

En Estudio Jurídico acompañamos a pymes de Chubut a implementar estos cambios sin frenar la operación. Si querés, te armamos en 48 h el diagnóstico de recibos y convenios, con plan de adecuación.